Ciudad de Alicante. Ayudas y subvenciones para PYMES, micropymes y autónomos para minimizar el impacto de la crisis energética
Le informamos de la publicación de las siguientes ayudas en el ámbito de la ciudad de Alicante:
Ayudas a pymes, micropymes y autónomos para minimizar el impacto de la crisis energética.
Objeto de las ayudas: minimizar el impacto económico de la crisis energética. Podrán solicitar las ayudas las pymes, micropymes, personas trabajadoras autónomas y otros colectivos sujetos a mutualidades que cumplan estos requisitos:
- Tener el domicilio fiscal en la ciudad de Alicante, con alta en la actividad económica de fecha anterior o igual al 1 de junio del 2022.
- No estar incurso en ninguno de los motivos o circunstancias del art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones.
- Haber tenido gastos corrientes en los que hayan incurrido los solicitantes, que se hayan abonado efectivamente, que respondan de manera indubitada al mantenimiento de su actividad empresarial, profesional o comercial, y que resulten estrictamente necesarios entre el 1 de abril de 2021 y el 30 de junio de 2022. Los gastos corrientes admisibles son los siguientes:
Energía eléctrica durante el periodo comprendido entre el 1 de abril del 2021 y 30 de junio del 2022.
Gas durante el periodo comprendido entre el 1 de abril del 2021 y 30 de junio del 2022.
Carburantes durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio del 2022.
Serán subvencionables hasta un 50% los conceptos de gastos corrientes indicados con anterioridad y abonados en cada uno de los periodos citados. El IVA soportado no será objeto de subvención por tener carácter recuperable. Las ayudas consistirán en un importe máximo de 3.000 euros por cada beneficiario solicitante de la ayuda.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará mañana día 5 de octubre a las 9:00 h y su duración será de 5 días hábiles.
La concesión de ayudas se realizará entre los solicitantes que reúnan la totalidad de requisitos y documentación exigida en estas bases, hasta agotar el crédito disponible.
En el caso de que el número de solicitudes, que reúnan la totalidad de requisitos y documentación exigida en estas bases, exceda el crédito disponible, el Vicesecretario del Excmo. Ayuntamiento de Alicante levantará acta del sorteo que marcará el número de expediente a partir del cual se comenzará la tramitación y asignación de crédito.
Una vez agotado el crédito, el resto de solicitudes quedará en lista de espera ante una posible ampliación del crédito disponible
Adjuntamos el enlace donde puede proceder a tramitar la solicitud de la ayuda.