Skip links

ECOVUL 2025- Subvenciones destinadas a fomentar la contratación indefinida inicial de colectivos vulnerables

En el DOGV de 3 de abril de 2025 se han publicado las subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos: a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública. b) Personas en situación de desempleo de larga duración. c) Personas mayores de 50 años. d) Personas con discapacidad. e) Mujeres víctimas de violencia de género.

Esta convocatoria tiene por objeto convocar las subvenciones para fomentar, en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana, la contratación indefinida inicial a jornada completa de las personas desempleadas pertenecientes a alguno de los siguientes colectivos:

a) Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.

b) Personas en situación de desempleo de larga duración.

c) Personas mayores de 50 años.

d) Personas con discapacidad.

e) Mujeres víctimas de violencia de género

La contratación deberá representar un incremento neto de la plantilla en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los treinta días naturales anteriores a la celebración del contrato,  y se debe mantener el empleo creado durante al menos veinticuatro meses. Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por voluntad de las personas trabajadoras, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación o despido disciplinario no declarado improcedente.

Entre otras, quedan excluidas de las presentes ayudas las siguientes contrataciones:

a) Contratos fijos discontinuos

b) Contratos de servicio del hogar familiar.

c) Contratos a tiempo parcial, salvo en el caso de las personas con discapacidad severa, cuya jornada podrá ser de al menos 15 horas semanales.

d) Personas trabajadoras que hubieran finalizado su relación laboral con la entidad empleadora o con alguna entidad vinculada directa o indirectamente con la entidad empleadora en los seis meses previos a la contratación.

e) Personas que hubieran tenido algún contrato indefinido o fijo-discontinuo (aun cuando se encontraran en periodo de inactividad) en los 3 meses previos a la contratación, salvo que la nueva contratación corresponda a un grupo de cotización superior y resulte adecuada al nivel y currículo de la titulación académica oficial que acredite. Deberá existir una correspondencia entre la titulación y el puesto de trabajo desempeñado. Las titulaciones de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato no habilitan esta excepción. Asimismo, habrá que justificar que se ha producido un cambio en la ocupación para lo que se deberá aportar el anterior contrato.

El importe de la subvención será de 10.000 euros, pero ascenderá a:

– 12.500 euros si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de mujer o de persona con discapacidad.

– 22.000 euros si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de víctima de violencia sobre la mujer.

– 30.000 euros si en la persona contratada concurre adicionalmente la condición de persona con discapacidad severa.

Los contratos indefinidos de al menos 15 horas semanales de las personas con discapacidad severa resultarán subvencionables con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.

El plazo para la presentación de solicitudes se inicia el día 4 de abril de 2025 y finaliza el 15 de abril de 2025.

Es requisito indispensable para las ayudas estar al corriente en con las obligaciones tributarias y de la seguridad social. La concesión de las ayudas estará condicionada por la existencia de crédito suficiente.