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Extensión del permiso por nacimiento y cuidados del menor

El Boletín Oficial de Estado ha publicado el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio. Esta normativa modifica diversas leyes laborales y de seguridad social para completar la transposición de la Directiva europea 2019/1158, centrada en mejorar los derechos de los progenitores y cuidadores.

Una de las modificaciones más destacadas es la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menores, que pasa de 16 a 19 semanas para cada progenitor, sin posibilidad de transferirse entre ellos. Además, dos de estas semanas podrán disfrutarse de forma flexible hasta que el niño o niña cumpla los ocho años.

En resumen el permiso se distribuye en los siguientes periodos:

– 6 semanas ininterrumpidas tras el parto ( o adopción o acogimiento) obligatorias y a jornada completa.

– 11 semanas (22 en monoparentalidad) a voluntad del titular del derecho en períodos semanales, acumulada o interrumpida (hasta los 12 meses del hijo/a). La madre podrá anticipar su ejercicio 4 semanas antes del parto.

– 2 semanas (4 en monoparentalidad) para el cuidado del menor, acumuladas o en 2 períodos semanales a voluntad de la persona trabajadora, hasta los 8 años del hijo/a.

Esta norma entra en vigor el 31-7-2025 (día siguiente a su publicación en el BOE), por lo que desde esa fecha se extiende el permiso de las 16 a las 17 semanas. Pero, la Disposición Transitoria Única del Real decreto-Ley dispone la aplicación retroactiva desde el 2-8-2024 de la suspensión del contrato de trabajo en dos semanas por cuidados parentales que se pueden disfrutar hasta los ocho años de edad del menor. El disfrute de dichas semanas de suspensión, y la prestación económica podrá solicitarse a partir del 1-1-2026.